Baja por Paternidad: Duración, Prestación y Solicitud

Tiempo de lectura: 8 minutos

Toda la información sobre la baja por paternidad en España: duración actualizada, cuantía de la prestación, requisitos y cómo solicitarla paso a paso según la ley vigente.

En este post voy a guiarte paso a paso para que, como gerente o responsable intermedio, no solo conozcas tus obligaciones, sino que puedas acompañar a tu equipo con seguridad y humanidad.

Qué es la baja por paternidad

La baja por paternidad —también llamada permiso por nacimiento y cuidado del menor— es un derecho que tiene el progenitor (trabajador por cuenta ajena, autónomo o funcionario) para ausentarse del trabajo con remuneración cuando nace, adopta o recibe en acogimiento un hijo. La finalidad es facilitar la corresponsabilidad y apoyar la crianza desde el principio.

Desde 2021, en España este permiso se igualó al de maternidad: ambos progenitores tienen derechos similares en duración y condiciones.

Pero ojo: a partir del 31 de julio de 2025 se ha aprobado un cambio: el permiso se amplía de 16 a 19 semanas para cada progenitor.

Las familias monoparentales pasan a tener 32 semanas de permiso.

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Importante: La nueva normativa aplica para nacimientos, adopciones o acogimientos que ocurran a partir del 2 de agosto de 2024.

Cuánto dura la baja por paternidad (y cómo se distribuye)

Hasta 30 de julio de 2025 (normativa anterior)

  • Son 16 semanas de permiso para el progenitor distinto de la madre.

  • De esas 16 semanas, las 6 primeras son obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, inmediatamente después del nacimiento o adopción.

  • Las 10 semanas restantes pueden disfrutarse de forma flexible (discontinuas, a tiempo parcial o completo) dentro del primer año de vida del menor.

  • No se pueden traspasar esas semanas al otro progenitor: son intransferibles.

  • En casos de parto múltiple, discapacidad del hijo o parto prematuro/hospitalización prolongada, puede haber semanas adicionales.

A partir del 31 de julio de 2025 (nuevas reglas)

  • Cada progenitor tendrá 19 semanas de permiso retribuido.

  • Las 6 primeras semanas siguen siendo obligatorias e ininterrumpidas tras el parto o resolución administrativa.

  • El resto de semanas (13) pueden disfrutarse con flexibilidad dentro del primer año del menor.

  • En familias monoparentales, el permiso asciende a 32 semanas: 28 semanas para el primer año + 4 semanas adicionales hasta que el menor cumpla 8 años.

  • En casos de parto múltiple, discapacidad del hijo, prematuridad o hospitalización prolongada también puede haber ampliaciones.

Este nuevo permiso eleva el estándar de protección y reconocimiento del rol de ambos progenitores.

Qué cuantía se cobra (prestación)

Durante la baja por paternidad, el trabajador tiene derecho a percibir el 100 % de la base reguladora correspondiente a contingencias comunes.

La base reguladora se calcula generalmente sobre las bases de cotización del mes anterior al inicio de la baja.

La prestación la paga directamente la Seguridad Social (INSS). No es la empresa la que abona ese importe, aunque sigue cotizando por ese trabajador mientras dure la baja.

Requisitos para poder solicitar la baja por paternidad

Para acceder a esta prestación es necesario:

  1. Estar afiliado y en alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.

  2. Cumplir un periodo mínimo de cotización, que depende de la edad del trabajador en el momento del parto/adopción:

    • Menores de 21 años: no se exige cotización mínima.

    • Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 días en total.

    • Mayores de 26 años: 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral.

  3. Que el nacimiento o adopción ocurra en la fecha desde la que la normativa nueva es aplicable (en el caso del permiso de 19 semanas, nacimientos desde 2 de agosto de 2024).

Cómo solicitar la baja por paternidad: pasos prácticos

Aquí tienes una guía accionable que puedes seguir o compartir con tu equipo:

  1. Preparar la documentación:

    • DNI, NIE o identificación del solicitante.

    • Certificado de empresa donde conste la fecha de inicio del permiso.

    • Libro de familia o certificado de nacimiento/adopción/acogimiento.

    • Informe de maternidad (si aplica) o resolución administrativa judicial en casos de adopción o acogimiento.

  2. Presentar la solicitud:

    • A través de la Sede Electrónica del INSS usando certificado digital o Cl@ve.

    • Presencialmente en oficinas de la Seguridad Social (previa cita).

    • En algunos casos, por correo administrativo.

    • Se recomienda hacer la solicitud con antelación, pero el derecho puede activarse desde el día del nacimiento o resolución administrativa.

  3. Recepción y resolución:

    • La Seguridad Social analizará el cumplimiento de los requisitos.

    • Si todo está en orden, se otorgará la prestación y se comenzará a percibir el pago.

  4. Disfrute del permiso:

    • Las primeras semanas (6) son obligatorias e ininterrumpidas tras el parto o resolución.

    • Las semanas restantes pueden organizarse de forma flexible según estrategia familiar o laboral, siempre dentro del primer año del menor (o dentro del plazo legal permitido).

Como mando intermedio, puedes acompañar al colaborador explicándole estos pasos, ayudándole con la gestión documental y facilitando la comunicación con Recursos Humanos.

Ejemplo práctico para un mando intermedio

Supón que Pedro es jefe de equipo y acaba de tener un hijo nacido en octubre de 2025. Con la normativa vigente tras julio de 2025:

  • Tiene derecho a 19 semanas de permiso retribuido.

  • Las primeras 6 semanas las debe tomar de forma ininterrumpida tras el nacimiento.

  • Las 13 semanas restantes las puede distribuir en bloques durante el primer año.

  • Mientras esté de permiso, recibirá el 100 % de la base reguladora.

  • Tú, como su superior, puedes coordinar con RR. HH. para que su ausencia afecte lo mínimo al equipo: planifica tareas, reasigna temporalmente responsabilidades o ajusta plazos.

Este tipo de planificación demuestra a tu equipo que las normas laborales pueden coexistir con el respeto humano al cuidado familiar.

Consejos para los mandos intermedios

  • Comunicación temprana y clara: invita al colaborador a exponer su planificación ideal y acompáñalo en el proceso.

  • Flexibilidad dentro del marco legal: una parte del permiso es flexible: aprovecha eso para negociar (por ejemplo, adecuar fechas si el proyecto lo permite).

  • Suplencia organizada: planifica qué funciones cubrirá el equipo durante su ausencia para evitar que todo recaiga sobre otros sin aviso.

  • Mentoría que trascienda: este permiso puede generar inquietudes en el colaborador sobre cómo retomar el ritmo laboral. Acompaña ese paso.

  • Conoce la normativa actualizada: tras la reforma de 2025 conviene informarse continuamente porque pueden surgir decretos posteriores.

Resumen rápido: el permiso se amplió de 16 a 19 semanas para cada progenitor, manteniendo las 6 primeras semanas obligatorias. Durante todo el periodo se percibe el 100 % de la base reguladora, y la gestión se hace a través de la Seguridad Social. Si conoces estos detalles, puedes acompañar a quienes gestionas con seguridad, empatía y eficacia.

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